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Esto es lo que genera ConformaPack, sin recortar nada. Una empresa de ejemplo con tres envases produce estos once documentos:
Tres declaraciones UE de conformidad, una por envase (anexo VIII, los ocho puntos).
La matriz-resumen con todos los envases.
El checklist del expediente técnico (anexo VII).
Una carta de petición de datos para cada proveedor, con base en el art. 16.
La empresa no existe y los datos son inventados. Por eso los documentos llevan el sello «Ejemplo demostrativo», que ConformaPack pone siempre a los datos de muestra: con los tuyos no aparece.
El art. 39 del Reglamento (UE) 2025/40 exige la declaración en la lengua del Estado miembro donde se comercializa el envase. Cambia el idioma aquí y verás los mismos ocho documentos con la redacción literal del Diario Oficial.
ConformaPack PPWR
Declaración UE de conformidad n.º PD-B73088412-2026-01
Modelo: anexo VIII · Reglamento (UE) 2025/40 Fecha de generación: 13 de agosto de 2026
N.º PD-B73088412-2026-01 (identificación única del envase): Lata de acero 125 g · atún en aceite de oliva.
Nombre y dirección del fabricante y, cuando proceda, del representante autorizado del fabricante: Conservas del Segura S.L., NIF B73088412, Pol. Ind. La Ribera, nave 14, 30500 Molina de Segura (Murcia), España.
La presente declaración de conformidad se expide bajo la exclusiva responsabilidad del fabricante.
Objeto de la declaración (identificación del envase que permita su trazabilidad): descripción del envase: envase primario; material(es): Acero / hojalata; peso unitario 58 g; destinado a entrar en contacto con alimentos; de un solo uso; reciclabilidad: declarada por el proveedor.
El objeto de la declaración a que se refiere el punto 4 es conforme con la legislación pertinente de la Unión en materia de armonización: Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, sobre los envases y residuos de envases (requisitos de los artículos 5 a 12 que resultan aplicables). Otros actos de la Unión aplicados: Reglamento (CE) n.º 1935/2004 sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
Referencias a las normas armonizadas pertinentes o las especificaciones comunes utilizadas o referencias a las demás especificaciones técnicas respecto a las cuales se declara la conformidad: No se han aplicado normas armonizadas ni especificaciones comunes (pendientes de publicación por la Comisión, arts. 36 y 37). La conformidad se declara sobre la base de la documentación técnica del expediente (anexo VII), que incluye: declaración documentada del proveedor sobre metales pesados (suma de Pb, Cd, Hg y Cr VI ≤ 100 mg/kg, art. 5.4); base documental sobre límites de PFAS del art. 5.5 (Declaración del proveedor Envalata S.A., feb-2026, ref. ENV-PFAS-2026-014).
(Cuando proceda) El organismo notificado: no procede. La evaluación de la conformidad se ha realizado mediante control interno de la producción (módulo A del anexo VII del Reglamento (UE) 2025/40), sin intervención de organismo notificado.
Información complementaria: esta declaración y su documentación técnica se conservarán a disposición de las autoridades durante 5 años desde la introducción del envase en el mercado (envase de un solo uso). Expediente técnico asociado: ET-PD-B73088412-2026-01.
Firmado por y en nombre de: Conservas del Segura S.L. · NIF B73088412
(lugar y fecha de expedición): Molina de Segura, a 13 de agosto de 2026
ID de documento: PD-B73088412-2026-01 · Expediente técnico asociado: ET-PD-B73088412-2026-01 · Conservación: 5 años
María Robles Gómez · Directora de Calidad (nombre, cargo) (firma) — (firma manuscrita o electrónica del responsable)
Generado conConformaPackUE 2025/40 · Anexo VIII
Validez: este documento adquiere plena validez una vez firmado por el responsable de la empresa, que asume la veracidad de su contenido. Debe conservarse 5 años a disposición de las autoridades.
Documento generado como plantilla de autocompletado. La conformidad y veracidad la declara y firma el responsable de la empresa. Ejemplo demostrativo · empresa ficticia
ConformaPack PPWR
Declaración UE de conformidad n.º PD-B73088412-2026-02
Modelo: anexo VIII · Reglamento (UE) 2025/40 Fecha de generación: 13 de agosto de 2026
N.º PD-B73088412-2026-02 (identificación única del envase): Estuche de cartón para pack de 3 latas.
Nombre y dirección del fabricante y, cuando proceda, del representante autorizado del fabricante: Conservas del Segura S.L., NIF B73088412, Pol. Ind. La Ribera, nave 14, 30500 Molina de Segura (Murcia), España.
La presente declaración de conformidad se expide bajo la exclusiva responsabilidad del fabricante.
Objeto de la declaración (identificación del envase que permita su trazabilidad): descripción del envase: envase secundario; material(es): Cartón / papel; peso unitario 22 g; sin contacto con alimentos; de un solo uso; reciclabilidad: declarada por el proveedor.
El objeto de la declaración a que se refiere el punto 4 es conforme con la legislación pertinente de la Unión en materia de armonización: Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, sobre los envases y residuos de envases (requisitos de los artículos 5 a 12 que resultan aplicables).
Referencias a las normas armonizadas pertinentes o las especificaciones comunes utilizadas o referencias a las demás especificaciones técnicas respecto a las cuales se declara la conformidad: No se han aplicado normas armonizadas ni especificaciones comunes (pendientes de publicación por la Comisión, arts. 36 y 37). La conformidad se declara sobre la base de la documentación técnica del expediente (anexo VII), que incluye: declaración documentada del proveedor sobre metales pesados (suma de Pb, Cd, Hg y Cr VI ≤ 100 mg/kg, art. 5.4).
(Cuando proceda) El organismo notificado: no procede. La evaluación de la conformidad se ha realizado mediante control interno de la producción (módulo A del anexo VII del Reglamento (UE) 2025/40), sin intervención de organismo notificado.
Información complementaria: esta declaración y su documentación técnica se conservarán a disposición de las autoridades durante 5 años desde la introducción del envase en el mercado (envase de un solo uso). Expediente técnico asociado: ET-PD-B73088412-2026-02.
Firmado por y en nombre de: Conservas del Segura S.L. · NIF B73088412
(lugar y fecha de expedición): Molina de Segura, a 13 de agosto de 2026
ID de documento: PD-B73088412-2026-02 · Expediente técnico asociado: ET-PD-B73088412-2026-02 · Conservación: 5 años
María Robles Gómez · Directora de Calidad (nombre, cargo) (firma) — (firma manuscrita o electrónica del responsable)
Generado conConformaPackUE 2025/40 · Anexo VIII
Validez: este documento adquiere plena validez una vez firmado por el responsable de la empresa, que asume la veracidad de su contenido. Debe conservarse 5 años a disposición de las autoridades.
Documento generado como plantilla de autocompletado. La conformidad y veracidad la declara y firma el responsable de la empresa. Ejemplo demostrativo · empresa ficticia
ConformaPack PPWR
Declaración UE de conformidad n.º PD-B73088412-2026-03
Modelo: anexo VIII · Reglamento (UE) 2025/40 Fecha de generación: 13 de agosto de 2026
N.º PD-B73088412-2026-03 (identificación única del envase): Caja de cartón ondulado para envío e-commerce.
Nombre y dirección del fabricante y, cuando proceda, del representante autorizado del fabricante: Conservas del Segura S.L., NIF B73088412, Pol. Ind. La Ribera, nave 14, 30500 Molina de Segura (Murcia), España.
La presente declaración de conformidad se expide bajo la exclusiva responsabilidad del fabricante.
Objeto de la declaración (identificación del envase que permita su trazabilidad): descripción del envase: envase de transporte; material(es): Cartón / papel, otro: cinta de papel engomado; peso unitario 140 g; sin contacto con alimentos; de un solo uso; reciclabilidad: en evaluación.
El objeto de la declaración a que se refiere el punto 4 es conforme con la legislación pertinente de la Unión en materia de armonización: Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, sobre los envases y residuos de envases (requisitos de los artículos 5 a 12 que resultan aplicables).
Referencias a las normas armonizadas pertinentes o las especificaciones comunes utilizadas o referencias a las demás especificaciones técnicas respecto a las cuales se declara la conformidad: No se han aplicado normas armonizadas ni especificaciones comunes (pendientes de publicación por la Comisión, arts. 36 y 37). La conformidad se declara sobre la base de la documentación técnica del expediente (anexo VII). [Pendiente: reunir las declaraciones de proveedor que respalden esta declaración.]
(Cuando proceda) El organismo notificado: no procede. La evaluación de la conformidad se ha realizado mediante control interno de la producción (módulo A del anexo VII del Reglamento (UE) 2025/40), sin intervención de organismo notificado.
Información complementaria: esta declaración y su documentación técnica se conservarán a disposición de las autoridades durante 5 años desde la introducción del envase en el mercado (envase de un solo uso). Expediente técnico asociado: ET-PD-B73088412-2026-03.
Firmado por y en nombre de: Conservas del Segura S.L. · NIF B73088412
(lugar y fecha de expedición): Molina de Segura, a 13 de agosto de 2026
ID de documento: PD-B73088412-2026-03 · Expediente técnico asociado: ET-PD-B73088412-2026-03 · Conservación: 5 años
María Robles Gómez · Directora de Calidad (nombre, cargo) (firma) — (firma manuscrita o electrónica del responsable)
Generado conConformaPackUE 2025/40 · Anexo VIII
Validez: este documento adquiere plena validez una vez firmado por el responsable de la empresa, que asume la veracidad de su contenido. Debe conservarse 5 años a disposición de las autoridades.
Documento generado como plantilla de autocompletado. La conformidad y veracidad la declara y firma el responsable de la empresa. Ejemplo demostrativo · empresa ficticia
ConformaPack PPWR
Matriz-resumen del catálogo de envases
Empresa: Conservas del Segura S.L. · NIF B73088412 Fecha de generación: 13 de agosto de 2026
Inventario de los tipos de envase cubiertos por este expediente y estado documental de cada uno. Cada fila corresponde a una Declaración UE de conformidad individual (art. 39 y anexo VIII del Reglamento (UE) 2025/40).
Resumen de los envases: tipo, materiales, peso, contacto alimentario, declaraciones de proveedor y plazo de conservación
N.º
Envase
N.º de declaración
Tipo
Materiales
Peso
Contacto alimentario
Uso
Metales pesados (art. 5.4)
PFAS (art. 5.5)
Conservar papeles
1
Lata de acero 125 g · atún en aceite de oliva
PD-B73088412-2026-01
Primario
Acero / hojalata
58 g
Sí
Un solo uso
Declarado ≤ 100 mg/kg
Con base documental
5 años
2
Estuche de cartón para pack de 3 latas
PD-B73088412-2026-02
Secundario
Cartón / papel
22 g
No
Un solo uso
Declarado ≤ 100 mg/kg
No aplica
5 años
3
Caja de cartón ondulado para envío e-commerce
PD-B73088412-2026-03
De transporte
Cartón / papel, otro: cinta de papel engomado
140 g
No
Un solo uso
Pendiente
No aplica
5 años
Recordatorios
Los plazos de conservación cuentan desde que cada envase se introduce en el mercado: 5 años (un solo uso) o 10 años (reutilizable), según el anexo VII, punto 4.
Todo envase en contacto con alimentos con «PENDIENTE» en la columna PFAS necesita su base documental (art. 5.5: límites de 25 ppb por PFAS individual, 250 ppb para la suma y 50 ppm en total, polímeros incluidos).
Mantén esta matriz al día: si cambias de material o de proveedor, revisa la declaración de ese envase.
Documento generado como plantilla de autocompletado. La conformidad y veracidad la declara y firma el responsable de la empresa. Ejemplo demostrativo · empresa ficticia
ConformaPack PPWR
Checklist del expediente técnico (anexo VII, módulo A)
Empresa: Conservas del Segura S.L. · 3 tipo(s) de envase Fecha de generación: 13 de agosto de 2026
El anexo VII del Reglamento (UE) 2025/40 («control interno de la producción») exige que la propia empresa monte y guarde este expediente. Nadie viene a certificarte: el trabajo es reunir estos papeles y tenerlos localizables si una autoridad los pide. Marca cada casilla cuando el documento esté archivado.
Puntos del anexo VII y documento que la empresa debe archivar para cada uno
Punto
Qué exige el anexo VII
Qué documento debes archivar
2.a
Descripción general del envase y del uso al que está destinado
Una ficha por envase con foto o croquis, uso previsto y contenido. La descripción del punto 4 de cada declaración generada te sirve de base.
2.b
Planos de diseño conceptual y de fabricación, y materiales de los componentes
Ficha técnica o plano del proveedor del envase (dimensiones, materiales, gramajes). Pídesela: está obligado a conocerla.
2.c
Descripciones y explicaciones necesarias para comprender los planos y el funcionamiento
Nota breve en llano: cómo se cierra, cómo se abre, cómo se separa cada material para reciclar.
2.d
Lista de normas armonizadas, especificaciones comunes u otras especificaciones técnicas aplicadas; si no se aplican, descripción de las soluciones adoptadas
Hoy no hay normas armonizadas publicadas para el PPWR: archiva una nota que diga qué documentos de proveedor y criterios técnicos has usado en su lugar (la genera el punto 6 de tu declaración).
2.e
Descripción cualitativa de las evaluaciones de los artículos 6 (reciclabilidad), 10 (minimización) y 11 (envase reutilizable)
Nota por envase: qué dice el proveedor de su reciclabilidad, por qué el envase no es mayor ni más pesado de lo necesario y, si es reutilizable, cómo se reacondiciona.
2.f
Informes de los ensayos
Declaraciones de proveedor sobre metales pesados (art. 5.4, suma Pb+Cd+Hg+Cr VI ≤ 100 mg/kg) y sobre PFAS (art. 5.5) para los envases en contacto con alimentos, con informe de ensayo si el proveedor no lo acredita por escrito.
3
Fabricación: medidas para que la producción se mantenga conforme
Nota de control: qué comprobáis al recibir material (albaranes, fichas de cada lote) y qué haríais si un lote llega distinto al declarado.
4
Declaración de conformidad por cada tipo de envase, conservada junto a la documentación técnica
Las declaraciones generadas con ConformaPack, firmadas. Guárdalas 5 años desde la introducción de cada envase en el mercado, y entrega copia a la autoridad que la pida.
5
Representante autorizado (si lo hay)
Solo si has nombrado un representante autorizado por escrito: archiva el mandato. Si no, no aplica.
Cómo organizarlo sin volverte loco
Una carpeta (física o digital) por tipo de envase, con el nombre del expediente: ET-PD-B73088412-2026-01 · ET-PD-B73088412-2026-02 · ET-PD-B73088412-2026-03.
Dentro de cada carpeta: la declaración firmada + los documentos de esta lista que apliquen a ese envase.
Revisa el expediente cuando cambies de proveedor, de material o de formato: la declaración debe mantenerse «continuamente actualizada» (art. 39.2).
Documento generado como plantilla de autocompletado. La conformidad y veracidad la declara y firma el responsable de la empresa. Ejemplo demostrativo · empresa ficticia
ConformaPack PPWR
Petición de datos al proveedor — Lata de acero 125 g · atún en aceite de oliva
Base: art. 16 · Reglamento (UE) 2025/40 Fecha de generación: 13 de agosto de 2026
Esto no es un documento que haya que firmar ni archivar: es el correo que le tienes que mandar a tu proveedor para que te dé lo que falta. Cópialo, pégalo en tu gestor de correo y envíalo.
Asunto: datos necesarios para la declaración de conformidad del envase Lata de acero 125 g · atún en aceite de oliva
Buenos días:
Estamos preparando la declaración UE de conformidad de este envase, que el Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases exige desde el 12 de agosto de 2026. El envase es: Lata de acero 125 g · atún en aceite de oliva (Primario, Acero / hojalata, 58 g).
Para poder cerrar nuestro expediente técnico (anexo VII del Reglamento) necesitamos que nos facilitéis, por escrito y referidos a este envase:
Composición exacta del material, con los porcentajes de cada componente.
Peso real por unidad del envase vacío, en gramos.
Declaración de que la suma de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente no supera los 100 mg/kg (art. 5.4). — ya nos lo habéis facilitado, os lo indicamos para que quede constancia en el expediente.
Base documental sobre los límites de PFAS del art. 5.5 (25 ppb por sustancia, 250 ppb la suma y 50 ppm en total, polímeros incluidos), por tratarse de un envase destinado a entrar en contacto con alimentos. Si no podéis acreditarlo por escrito, informe de ensayo. — ya nos lo habéis facilitado, os lo indicamos para que quede constancia en el expediente.
Declaración por escrito sobre la reciclabilidad del envase y su clase, con el criterio aplicado. — ya nos lo habéis facilitado, os lo indicamos para que quede constancia en el expediente.
Datos que permitan justificar la minimización del envase (art. 10): por qué no puede ser más pequeño ni más ligero para cumplir su función.
Os lo pedimos al amparo del artículo 16 del propio Reglamento, que obliga al proveedor de envases o de materiales de envase a facilitar al fabricante toda la información y la documentación necesarias para demostrar la conformidad, incluida la documentación técnica del anexo VII, en una lengua que el fabricante entienda con facilidad. Vale en papel o en formato electrónico.
Con esos datos podemos cerrar el expediente sin más consultas. Gracias por adelantado.
Un saludo, Conservas del Segura S.L.
Documento generado como plantilla de autocompletado. La conformidad y veracidad la declara y firma el responsable de la empresa. Ejemplo demostrativo · empresa ficticia
ConformaPack PPWR
Petición de datos al proveedor — Estuche de cartón para pack de 3 latas
Base: art. 16 · Reglamento (UE) 2025/40 Fecha de generación: 13 de agosto de 2026
Esto no es un documento que haya que firmar ni archivar: es el correo que le tienes que mandar a tu proveedor para que te dé lo que falta. Cópialo, pégalo en tu gestor de correo y envíalo.
Asunto: datos necesarios para la declaración de conformidad del envase Estuche de cartón para pack de 3 latas
Buenos días:
Estamos preparando la declaración UE de conformidad de este envase, que el Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases exige desde el 12 de agosto de 2026. El envase es: Estuche de cartón para pack de 3 latas (Secundario, Cartón / papel, 22 g).
Para poder cerrar nuestro expediente técnico (anexo VII del Reglamento) necesitamos que nos facilitéis, por escrito y referidos a este envase:
Composición exacta del material, con los porcentajes de cada componente.
Peso real por unidad del envase vacío, en gramos.
Declaración de que la suma de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente no supera los 100 mg/kg (art. 5.4). — ya nos lo habéis facilitado, os lo indicamos para que quede constancia en el expediente.
Declaración por escrito sobre la reciclabilidad del envase y su clase, con el criterio aplicado. — ya nos lo habéis facilitado, os lo indicamos para que quede constancia en el expediente.
Datos que permitan justificar la minimización del envase (art. 10): por qué no puede ser más pequeño ni más ligero para cumplir su función.
Os lo pedimos al amparo del artículo 16 del propio Reglamento, que obliga al proveedor de envases o de materiales de envase a facilitar al fabricante toda la información y la documentación necesarias para demostrar la conformidad, incluida la documentación técnica del anexo VII, en una lengua que el fabricante entienda con facilidad. Vale en papel o en formato electrónico.
Con esos datos podemos cerrar el expediente sin más consultas. Gracias por adelantado.
Un saludo, Conservas del Segura S.L.
Documento generado como plantilla de autocompletado. La conformidad y veracidad la declara y firma el responsable de la empresa. Ejemplo demostrativo · empresa ficticia
ConformaPack PPWR
Petición de datos al proveedor — Caja de cartón ondulado para envío e-commerce
Base: art. 16 · Reglamento (UE) 2025/40 Fecha de generación: 13 de agosto de 2026
Esto no es un documento que haya que firmar ni archivar: es el correo que le tienes que mandar a tu proveedor para que te dé lo que falta. Cópialo, pégalo en tu gestor de correo y envíalo.
Asunto: datos necesarios para la declaración de conformidad del envase Caja de cartón ondulado para envío e-commerce
Buenos días:
Estamos preparando la declaración UE de conformidad de este envase, que el Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases exige desde el 12 de agosto de 2026. El envase es: Caja de cartón ondulado para envío e-commerce (De transporte, Cartón / papel, otro: cinta de papel engomado, 140 g).
Para poder cerrar nuestro expediente técnico (anexo VII del Reglamento) necesitamos que nos facilitéis, por escrito y referidos a este envase:
Composición exacta del material, con los porcentajes de cada componente.
Peso real por unidad del envase vacío, en gramos.
Declaración de que la suma de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente no supera los 100 mg/kg (art. 5.4).
Declaración por escrito sobre la reciclabilidad del envase y su clase, con el criterio aplicado.
Datos que permitan justificar la minimización del envase (art. 10): por qué no puede ser más pequeño ni más ligero para cumplir su función.
Os lo pedimos al amparo del artículo 16 del propio Reglamento, que obliga al proveedor de envases o de materiales de envase a facilitar al fabricante toda la información y la documentación necesarias para demostrar la conformidad, incluida la documentación técnica del anexo VII, en una lengua que el fabricante entienda con facilidad. Vale en papel o en formato electrónico.
Con esos datos podemos cerrar el expediente sin más consultas. Gracias por adelantado.
Un saludo, Conservas del Segura S.L.
Documento generado como plantilla de autocompletado. La conformidad y veracidad la declara y firma el responsable de la empresa. Ejemplo demostrativo · empresa ficticia
Y además, el marcado de cada país
Hasta que llegue la etiqueta europea armonizada (2028), manda la norma de cada país. Estas tres fichas salen del mismo dato que las declaraciones y van incluidas en los packs, sin coste adicional.
ConformaPack PPWR
Marcado del envase — España
Art. 13 del Real Decreto 1055/2022 Conservas del Segura S.L. · NIF B73088412
Ficha de marcado para los envases domésticos puestos en el mercado español. La indicación de la fracción o contenedor es obligatoria desde el 1 de enero de 2025; el código de material de la Decisión 97/129/CE es voluntario mientras la normativa de la UE no disponga otra cosa.
Fracción o contenedor y código de material de cada envase
Caja de cartón ondulado para envío · cinta de papel engomado
Contenedor azul · papel y cartón · Contenedor azul
PAP 20 · PAP 22
Otras marcas que pueden aplicar
Envase reutilizable: los tres se declararon de un solo uso, así que no procede la indicación de reutilizable ni el símbolo del sistema de depósito, devolución y retorno.
Plásticos de un solo uso: ninguno de los tres cuerpos es plástico; el marcado del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2151 no les aplica.
Porcentajes: en estas declaraciones no consta material reciclado, así que no hay porcentaje que indicar. Solo se lleva a la etiqueta con el justificante del proveedor.
Notas
El destino real de cada residuo lo decide cada entidad local: la indicación estandarizada remite siempre a las normas del municipio.
Se marcan por separado los componentes que el consumidor puede separar con la mano, porque van a contenedores distintos.
El régimen sancionador es el de la Ley 7/2022, cuyo marco de referencia llega a los 100.000 € en infracciones graves.
Propuesta de contenido generada con los datos de la empresa, que sigue siendo responsable de comprobarla y aplicarla en la etiqueta. No sustituye a un asesoramiento legal. Cuando sea aplicable la etiqueta armonizada del art. 12 del Reglamento (UE) 2025/40 —12 de agosto de 2028, o 24 meses después de su acto de ejecución—, esta ficha se actualizará. Ejemplo demostrativo · empresa ficticia
Obbligatoria dal 1º gennaio 2023 per gli imballaggi immessi sul mercato italiano. Per gli imballaggi destinati al consumatore (B2C) servono codifica del materiale, famiglia e indicazione di raccolta; per il circuito industriale (B2B) è sufficiente la codifica.
Codifica, famiglia e indicazione di raccolta di ogni imballaggio
N.
Imballaggio / componente
Codifica (Dec. 97/129/CE)
Famiglia
Indicazione di raccolta (B2C)
1
Lattina di acciaio 125 g · coperchio apri-facile
FE 40 · FE 40
Acciaio
Raccolta metalli
2
Astuccio di cartone per confezione da 3
PAP 21
Carta
Raccolta carta
3
Scatola di cartone ondulato per spedizione · nastro di carta gommata
PAP 20 · PAP 22
Carta
Raccolta carta
Canale digitale
Le Linee Guida (decreto MiTE n. 360 del 28-09-2022) ammettono che le informazioni siano rese disponibili anche tramite canali digitali (QR, app, sito), purché il rimando sia chiaro sull'imballaggio. La pagina pubblica di ciascuna dichiarazione può servire da canale complementare.
Note
Si codificano i componenti separabili manualmente dal consumatore; ciò che non si separa segue il materiale prevalente.
La destinazione effettiva la stabilisce ogni Comune: per questo l'indicazione standard rinvia sempre alle sue disposizioni.
Gli imballaggi privi dei requisiti dell'art. 219, comma 5, sono soggetti alla sanzione dell'art. 261, comma 3, del D.Lgs. 152/2006: da 5.200 a 40.000 euro.
Proposta di contenuto generata dai dati dell'azienda, che resta responsabile della verifica e dell'applicazione in etichetta. Non sostituisce una consulenza legale. Esempio dimostrativo · azienda fittizia
ConformaPack PPWR
Signalétique de tri — France
Décret n° 2021-835 · art. R. 541-12-17 et suivants Conservas del Segura S.L. · NIF B73088412
Le marquage se compose de deux éléments indissociables : le logo Triman et le cartouche Info-tri, qui montre chaque élément séparable de l'emballage — séparés par un « + » — et sa destination. La mention FR s'ajoute si le même emballage est vendu hors de France.
Matière et destination de chaque élément
N°
Emballage / élément
Matière
Destination à indiquer
1
Boîte acier 125 g · couvercle à ouverture facile
FE 40 · Acier
Bac de tri · Bac de tri
2
Étui carton pour lot de 3
PAP 21 · Carton compact
Bac de tri
3
Caisse carton ondulé pour expédition · ruban de papier gommé
PAP 20 · Carton ondulé
Bac de tri · Bac de tri
Selon la taille de la face d'apposition
Ce qui est exigible selon la surface
Surface
Ce qui est exigible
Moins de 10 cm²
Marquage intégralement dématérialisable
De 10 à 20 cm²
Logo Triman seul ; le reste peut être dématérialisé
Plus de 20 cm²
Signalétique complète : Triman + cartouche
Notes
Depuis l'extension des consignes de tri, tous les emballages ménagers hors verre se déposent dans le bac de tri ; le verre garde son conteneur.
Le logo Triman et les pictogrammes du cartouche ont un dessin normalisé : ils se téléchargent auprès de votre éco-organisme (Citeo). Nous ne les reproduisons pas : cette fiche dit ce que le cartouche doit dire, pas à quoi il ressemble.
La Commission européenne conteste ces règles françaises (mise en demeure en février 2023, saisine de la CJUE en juillet 2025). Tant que la Cour ne s'est pas prononcée, l'obligation reste applicable.
Amende administrative jusqu'à 3 000 € (personne physique) et 15 000 € (personne morale), art. L. 541-9-4 du code de l'environnement.
Proposition de contenu établie à partir des données de l'entreprise, qui reste responsable de leur vérification et de leur application sur l'emballage. Ne remplace pas un conseil juridique. Exemple démonstratif · entreprise fictive
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